Obligatorio desde enero de 2026
Sin colas en la DGT, sin certificado digital y sin gestiones presenciales. Lo dejas todo hecho en una sentada y te llega la etiqueta a casa.
Para circular legalmente necesitas las tres cosas, y por ese orden. La mayoría de la gente se atasca en la primera.
Inscribimos el patinete en el Registro Nacional de Vehículos con tus datos y los del vehículo. Tasa oficial incluida.
Gestionamos la placa de matrícula con un manipulador habilitado y te la enviamos a casa para que la pegues.
Emitimos la póliza de responsabilidad civil que exige la ley y te la mandamos por email.
La cobertura del seguro la fija la ley y es idéntica en los dos. Lo que cambia es cuánto papeleo te queda por delante.
Patinetes de 25 kg o menos
Si tu patinete pesa más de 25 kg y pasa de 14 km/h, la ley lo trata como vehículo a motor y la prima es distinta. El calculador de arriba te lo dice.
250–800 €
Multa por circular sin el seguro obligatorio. Además pueden inmovilizarte el patinete allí mismo.
22 ene 2027
Fecha en la que los patinetes sin certificado de circulación dejan de poder circular. No hay prórroga anunciada.
6.450.000 €
Lo que cubre el seguro si atropellas a alguien. Sin póliza, eso lo respondes tú con tu patrimonio.
Para emitir el seguro, sí: la ley exige que el patinete esté inscrito en el Registro de la DGT y lleve su etiqueta identificativa.
Pero no tienes que hacerlo tú. Si aún no lo has matriculado, lo tramitamos nosotros: inscripción, tasa oficial y etiqueta enviada a tu casa. Sólo necesitamos el número de certificado de circulación y el número de serie del patinete.
El trámite en sí es rápido, pero depende de la sede electrónica de la DGT, que lleva meses con incidencias reconocidas. No te damos una fecha que no podamos cumplir: te avisamos en cuanto salga el número de inscripción y entonces emitimos la póliza.
Mientras tanto no estás cubierto. Si tienes prisa, dínoslo y lo priorizamos.
Sí. La Ley 5/2025 creó la figura del vehículo personal ligero y le puso seguro obligatorio. Sólo quedan fuera los que no pasan de 6 km/h, que legalmente son juguetes. El tamaño no importa: cuentan el peso y la velocidad máxima de fábrica.
Es una clasificación legal que depende de dos números. Tu patinete es un vehículo personal ligero si pesa 25 kg o menos, o si pesando más no pasa de 14 km/h. Es un vehículo a motor si pesa más de 25 kg y además pasa de 14 km/h.
No lo eliges tú: lo determina tu patinete. Cambia el capital asegurado y cambia el precio.
No. Esto es responsabilidad civil: cubre el daño que tú causas a otros. Es la confusión más frecuente del sector y preferimos decírtelo antes que después.
Si quieres cubrir tus caídas o el robo, dínoslo al contratar: son coberturas de otra póliza y tu agente te explica qué opciones hay.
Desde la fecha y hora de efecto que eliges al contratar, que puede ser el mismo día. Te la confirmamos por escrito en el email con la póliza. Hasta que no recibas esa confirmación, no des por hecho que estás cubierto.
Puedes estar asegurado a partir de los 15 años, que es la edad mínima para conducir un patinete. Pero quien firma y paga la póliza tiene que ser mayor de edad, así que si eres menor tendrá que contratarla tu padre, tu madre o tu tutor.
No. Vía Libre es la plataforma donde calculas y contratas. La póliza la formaliza un agente de seguros colegiado con la entidad aseguradora. Tú tratas con nosotros; el papeleo va por dentro.
Entonces este seguro no te sirve. El obligatorio de patinete cubre uso privado exclusivamente; el reparto es uso profesional y está excluido en todas las compañías. Escríbenos y te orientamos.
Empieza sin dar el teléfono. Sólo lo pedimos cuando decides contratar.